El Corán y los derechos de la
mujer
27/03/2008 - Autor: Shaie
Brisam
- Fuente: Webislam
Mujeres musulmanas
leyendo el Corán en Zanzíbar, Tanzania
A menudo oímos que
el Corán otorga sus derechos a las mujeres, pero raras veces se
detallan estos derechos.
Efectivamente el
Corán nos habla de derechos, algo que no hacen ni la Toráh ni el
Evangelio. Europa habría de esperar hasta la revolución francesa
para que aparezca el concepto de “derecho”.
Algunos de los
derechos específicamente reconocidos en el Corán a las mujeres
son:
-Derecho a la
participación en el gobierno:
“Los creyentes
y las creyentes están próximos unos de otros: ordenan la
conducta recta y prohíben la conducta inmoral, son constantes en
la oración, pagan el impuesto obligatorio y obedecen a Allah y a
Su Enviado. Sobre esos derramará Allah Su misericordia: en
verdad, Allah es Todopoderoso, Sabio”
(Corán 9:71)
También encontramos
en el Corán el ejemplo de la reina de Saba como mujer
gobernante.
-Derecho al
divorcio:
“si deciden
divorciarse... ¡Allah es Indulgente, Misericordioso!”
(Corán 2: 227)
El uso del plural
indica que se está refiriendo a ambos conyuges.
-Derecho a la
manutención en caso de divorcio:
"Y las
divorciadas tendrán derecho a una manutención en forma
honorable: esto es un deber para los conscientes de Dios”
(Corán: 2:241)
-Derecho a la
manutención de los hijos por sus padres:
“Y las madres
(divorciadas) amamantarán a sus hijos dos años enteros, si
desean completar la lactancia. Y el progenitor deberá
sustentarles y vestirles en forma honorable. A nadie se le
impone una carga superior a sus fuerzas: no se impondrá un
perjuicio a la madre por causa de su hijo ni, por igual causa, a
quien lo engendró. Y la misma obligación recaerá sobre el
heredero”
(Corán 2:233)
No se puede entender
como “se les debe mantener durante esos dos años” pues este
período de tiempo solo hace referencia a la duración de la
lactancia, no a la manutención.
-Derecho al trabajo
y la propiedad:
“Así pues, no
codiciéis aquello que Allah ha concedido en mayor abundancia a
unos que a otros. Los hombres obtendrán una recompensa conforme
a su trabajo y las mujeres obtendrán una recompensa conforme a
su trabajo. Pedid, pues, el favor de Allah: ciertamente, Allah
tiene en verdad conocimiento de todas las cosas”
(Corán: 4 ,32)
-Derecho a la
sexualidad:
“Y entre Sus
muestras está el haber creado para vosotros parejas (azwaj) de
vuestra misma especie, para que os deis quietud y engendréis
amor y ternura entre vosotros: ¡ciertamente, en esto hay en
verdad mensajes para una gente que reflexiona!”
(Corán: 30,21)
-Derecho a herencia:
“Se os ha
prescrito que cuando uno de vosotros sienta que va a morir
dejando bienes, haga testamento a favor de sus padres y
parientes cercanos de la mejor manera. Ésto es un deber para los
que son conscientes de Allah. Si cambian lo dispuesto después de
haberlo sabido, el mal caerá sobre aquellos que lo alteren.
Allah todo lo oye, todo lo sabe. Pero si alguien teme que el
testador haya cometido un error o una injusticia y consigue un
arreglo entre los herederos, no incurrirá, pues, en falta.
Ciertamente, Allah es indulgente, dispensador de gracia”
(Corán 2:180-182)
Así pues se nos
recomienda que hagamos testamento, “de la mejor manera”
atendiendo a las necesidades de los herederos, y este testamento
puede ser negociado. En caso de muerte sin testar o de un
testamento injusto, se establecen unos mínimos (la legítima) que
pueden ser incrementados, pero no suprimidos:
“Estos son los
límites fijados por Dios…”
(Corán 4: 13)
Esta legítima,
mínimos o límites son:
“que la
porción del varón equivalga a la de dos hembras”
(Corán 4:11)
“A vuestras
viudas les corresponde un cuarto de lo que dejéis, si no tenéis
hijos; pero si dejáis algún hijo, entonces les corresponde un
octavo de lo que dejéis una vez descontados los legados que
hayáis hecho, o las deudas”
( Corán 4:12)
“Si alguno de
vosotros muere y deja esposas, le corresponde a sus viudas un
año de manutención sin verse obligadas a abandonar (el domicilio
conyugal). Sin embargo, si lo abandonan (voluntariamente), no
seréis responsables de lo que ellas hagan consigo mismas, en
forma honorable Allah es Todopoderoso, Sabio”
(Corán 2:240)
Todas estas
disposiciones que conforman la legítima han de ser puestas en
relación con:
“Los hombres
deben cuidar y apoyar a sus mujeres, pues Allah los ha hecho
responsables de ellas. Cuidarán de ellas con la abundancia (o
bienes) que se les ha dado a ellos”
(Corán 4:34)
Ya que esa “parte de
más” en la herencia es “la abundancia (o bienes) que se les ha
dado a ellos”. Son disposiciones que han de correr parejas para
que de verdad haya justicia y equidad. No hay ninguna justicia
en que la mujer deba mantenerse a sí misma, como cada día ocurre
con más frecuencia, y continuar insistiendo en que deba recibir
la mitad. Recordemos que el Corán insiste en el concepto de
justicia y equidad:
“Di: ‘Mi Señor
sólo ordena amar la Equidad’.”
(Corán: 7,29)
“¡En verdad,
Él inventó la creación, y luego la reproduce para recompensar
con la Justicia Divina a quienes tienen plena confianza iman y
hayan trabajado por lo que es justo con la equidad!”
(Corán: 10,4)
“¡Oh, quienes
tenéis plena confianza! ¡Que vuestro fundamento se base en lo
que Allah os ha enseñado que es justo y de derecho, siendo
testigos de la equidad. ¡Sed de los equitativos! ¡Esto es lo más
próximo a Mi taqua!”
(Corán: 5,8)
-Derecho a ser
consultadas y a manifestar su opinión:
"Eso será para
los que llegan a creer y ponen su confianza en su Sustentador; y
que evitan los pecados más graves y las abominaciones; y que
cuando se enfadan, perdonan inmediatamente; y que responden a la
llamada de su Sustentador y son constantes en la oración; y que
tienen por norma consultarse entre sí en todos los asuntos de
interés común;"
(Corán: 42,36-38)
O sea, la comunidad
musulmana, y la mujer es parte de esa comunidad, ha de
consultarse y llegar a consenso en cada asunto y nivel. Desde la
pareja a la organización política.
-Derecho a la
igualdad ante la ley:
“¡Y sabed que
ellas tienen los mismos derechos que ellos, como saben los que
tienen conocimiento!”
(Corán: 2,228)
Sólo en el análisis
de las aleyas de la Sura de la Luz ( 1-8) donde se establecen
los castigos por el delito de adulterio encontramos, además de
la prueba de que el testimonio del varón vale el doble que el de
la mujer es una falacia, los derechos de:
-Presunción de
inocencia. -Derecho a la defensa. -Derecho a la apelación -Derecho a un juicio abierto con las garantías jurídicas de derecho. -Derecho al arrepentimiento y reparación del daño causado. |